25.04.2024
Buenos Aires

Fallo sin precedentes en La Plata: Las capturas de pantalla de WhatsApp serán válidas en los juicios de familia

Importante fallo de la Cámara II de Apelación en lo Civil y Comercial de La Plata se conoció en las últimas horas, el cual establece que las copias de pantallas de los mensajes que se realizan vía WhatsApp serán admitidas como pruebas en los procesos de familia. 

De esta manera, el fallo de la Cámara firmado por los jueces Andrés Antonio Soto y Laura Marta Larumbe ordena de ahora en más a los jueces de primera instancia que den como válidas las capturas de pantalla de dichos mensajes y sean incorporadas a los expedientes judiciales como prueba. 

Cabe mencionar que la medida judicial fue motorizada por la abogada Flavia Centurión, quien preside la ONG platense “Las Mirabal”, entidad especializada en la prevención de la violencia de género y la inclusión. 

“En los procesos de familia rige el principio de libertad y amplitud probatoria”, dice en uno de los párrafos del fallo de la Cámara, en donde además se indica que “en los procesos de familia rige el principio de libertad en materia de prueba, tendiente a dar cabida a medios probatorios no tradicionales”. 

Otro de los aspectos que fueron considerados por los jueces Soto y Larumbe al momento de dictar el fallo señala: “Se tiene en cuenta, como consecuencia previsible de las relaciones que se despliegan en el ámbito familiar -un espacio íntimo- que los hechos invocados pueden resultar de difícil acreditación”. 

“Esta posición no es otra cosa que la concreción del principio de realidad, razón que obliga a morigerar los principios generales que rigen en el ámbito del derecho procesal tradicional en torno a la admisibilidad, conducencia y valoración de las pruebas”, manifestaron los jueces de la Cámara II de Apelación platense. 

Por último,  recalcaron que “en el ámbito del proceso de familia, cuando se pongan en duda algunos de esos aspectos, el juez debe inclinarse por admitirla”. 

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